Crearon otro programa alimentario rionegrino. Inicialmente, transferirán $1.000 por mes

El programa Social Alimentario Rionegrino, creado el 5 de setiembre de este año en ámbito del Ministerio de Desarrollo Social y oficialmente presentado este mes, se implementará a través de una tarjeta con banda magnética que permitirá operar en terminales con sistema POS (punto de venta), destinada a personas que por circunstancias económicas no puedan satisfacer necesidades básicas, como alimentación, vivienda y salud.

La transferencia monetaria que percibirán los titulares se hará en forma mensual y el monto de la prestación inicial será de $1.000.

Según fuentes oficiales, el Programa “Social Alimentario Rionegrino” está dirigido a “garantizar una solución pronta y efectiva a las diversas problemáticas sociales, urgentes, que atraviesan las familias en situación de vulnerabilidad en nuestro territorio”.

Agregaron que “la urgencia de la temática requiere la creación de un nuevo Programa que sea de pronta ejecución y llegada a los destinatarios, dado que en el corriente año 2018 se ha dejado sin efecto la ejecución del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria (PNSA) a nivel provincial en pos de impulsar una propuesta superadora, dando lugar al programa cuya creación se propicia”.

Algunos de los objetivos del Plan serán grupos familiares que se encuentren en condiciones desfavorables que signifique un estado de vulnerabilidad social para sus miembros y contemplará familias con uno o más niños de 0 a 14 años; uno o más miembros en situación de discapacidad; uno o más miembros mayor de 60 años, sin cobertura previsional social.

Transferencia monetaria condicionada: La herramienta que se utilizará para la implementación de la transferencia monetaria es una tarjeta nominal, que brindará una asistencia económica mensual. El Estado transfiere dinero para la compra de alimentos, de manera que las personas eligen libremente que alimentos comprar de acuerdo a sus gustos y hábitos; de este modo se promueve la autonomía en la selección de alimentos, se fomenta la comida en familia y se favorece el acceso a alimentos frescos (frutas, verduras, leche, yogures, quesos y carnes, entre otros)”.

El Programa se financiará a través de recursos provinciales, creándose de corresponder las partidas presupuestarias necesarias.

La transferencia monetaria que percibirán los titulares será mensual y el monto de la prestación inicial será de $1.000 con previsión de los incrementos semestrales sujetos al informe técnico nutricional, pasible de modificaciones de acuerdo a los índices de la canasta básica de alimentos, y de la disponibilidad presupuestaria.

Los comercios que apliquen recargos por compras con tarjetas sociales alimentarias serán pasibles de sanción.

Deberá habilitarse un servicio telefónico gratuito, disponible durante todo el año para consulta de saldos, compras efectuadas y denuncia por robo, extravíos y/o roturas de plásticos.

Cada titular de grupo familiar recibirá: 1) transferencia monetaria por el valor asignado para la compra de alimentos; 2) información sobre la convocatoria a participar de actividades de promoción y prevención como requisito obligatorio para continuar en el Programa.

Características generales de las tarjetas

Se trata de tarjetas plásticas, no bancarias, nominadas a favor del titular de derecho y/o tutor a cargo que la autoridad de aplicación determine, a la que se le asignará un saldo acreedor consistente en un importe en pesos que permita a su titular el pago de los productos que se compren en los comercios y/o establecimientos especialmente autorizados y adheridos a operar con el Programa y conforme a los rubros que se establezcan en el correspondiente contrato de adhesión.

Las cuentas asociadas a dichas tarjetas en ningún caso deberán permitir operaciones en descubierto. Las tarjetas deberán contar con bandas magnéticas para operación en POSNET. Tendrá impresa en relieve la información que resulte necesaria para la autorización del pago por vía telefónica. Será intransferible, pudiendo ser utilizada únicamente por su titular, acreditada su identidad en cada compra mediante la presentación de documento de identidad.

Podrán adquirirse productos de todas las marcas y rubros permitidos en los comercios autorizados a operar con el Programa. Deberán poder operar sin PIN cuando se utilice para compra en comercios. No permitirá extracciones de dinero en efectivo en cajeros automáticos ni realizar otras operaciones bancarias y/o comerciales (depósitos, toma de créditos y préstamos personales, financiación de compras, compras en cuotas, débito automático, etc.) que desvirtúen el objeto del beneficio.

Deberá permitir que el titular de derecho pueda conocer su saldo en forma gratuita. Respetará el diseño institucional brindado por el Ministerio. No tendrá ningún cargo por la prestación del servicio para los titulares de derecho del Programa.

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